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¿Qué son las tarjetas de crédito Revolving y los créditos usureros?

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Las tarjetas revolving son un tipo de tarjetas de crédito mediante las cuales automáticamente se nos permite aplazar todas nuestras compras a cambio de un tipo de interés establecido. Su principal característica y diferencia frente a cualquier otro tipo de crédito al consumo, es que con estas podemos realizar pagos con independencia de que se tenga dinero en la cuenta asociada, ya que las compras que se realizan no se cargan en la cuenta inmediatamente, sino que se aplazan para pagarlas posteriormente mediante cuotas mensuales.

Cuando el consumidor contrata la tarjeta revolving tiene la capacidad de elegir entre dos formas de devolver el crédito:

  • Mediante una cuota mensual referenciada a un porcentaje de capital dispuesto. Es decir, es especifica qué porcentaje tan beneficioso para el cliente, tiene como parte muy negativa los excesivos intereses que suelen fijarse rondando el 25%, así como las altísimas comisiones y gastos que suelen ir unidas a ellas.

 

  • Mediante una cuota mensual fija. En este caso pagaremos una cuota fija, también dentro de unos mínimos y máximos que igualmente dependerán de cada tarjeta.

¡Pero no todo es tan bueno como parece! ¿Cuáles son sus perjuicios?

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¡Pero no todo es tan bueno como parece! ¿Cuáles son sus perjuicios?

Este sistema de crédito que de forma inicial parece tan beneficioso para el cliente, tiene como parte muy negativa los excesivos intereses que sueles fijarse y, que suelen rondar el 25%, así como las altísimas comisiones y gastos que suelen ir unidos a ellas.

Este funcionamiento que a priori parece normal, tiene dos importantes consecuencias. Por una parte, la excesiva flexibilidad de pagos y cobro nunca nos permite conocer de forma anticipada que precio voy a terminar pegando por el crédito. Por otro lado, si dilatamos en exceso la devolución del crédito y fijamos una cuota demasiado baja, es muy normal que la devolución mensual no cubra si quiera los intereses generados por la deuda, por lo que se va acumulando la deuda y haciéndose cada más grande.

Todos estos riesgos han provocado que muchos titulares de estas tarjetas revolving se hayan visto sin capacidad de pago, por no poder afrontar un endeudamiento que cada vez se iba haciendo más y más grande.

Todo lo anterior sería de aplicación a los MICROCRÉDITOS o PRÉSTAMOS USUREROS, los cuales tienen intereses de más del 20%.

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¿Cómo saber si soy afectado?

Para identificar si efectivamente estamos sufriendo intereses abusivos es fundamental analizar en la documentación que nos facilitaron junto con la contratación de nuestra tarjeta o préstamo y en los recibos mensuales que la entidad nos suele remitir mensualmente, si el tipo de interés TAE que se nos están cobrando supera el 20%.


¿Por qué puedo reclamar?

Como consecuencia de todo ello, el pasado 4 de marzo de 2020 el Tribunal Supremo dictó una importante Sentencia por la que se declaró USURARIO el tipo de interés utilizado en este tipo de créditos por aplicar un tipo de interés superior al precio normal del dinero y manifiestamente desproporcionado.

En este caso particular, el Tribunal Supremo en aplicación de la Ley de Usura de 1908 ha anulado un contrato de tarjeta revolving comercializado por la entidad Wizink Bank en el que se había pactado un interés del 27% TAE. En la ya mencionada Sentencia, los magistrados fundamentan que el interés con el que hay que comparar el interés discutido es con aquel que publica Banco de España para las Tarjetas Revolving, fijado entre un 19 y 20%.

Quiere esto decir, que gracias a la presente Sentencia, se abre una puerta inmensa a que miles de consumidores que sufren una de estas tarjetas Revolving con interés por encima del 20% puedan reclamar con tal garantía la nulidad de su contrato de crédito.


¿Ventajas de Reclamar?

Gracias a esta reclamación, podemos optar a un recálculo de cantidades. De forma que hemos de calcular el total dispuesto por el cliente en los sucesivos pagos en comercios o disposiciones de efectivo que haya realizado durante la vida del préstamo, además de los pagos que ha realizado a la entidad en concepto de devolución de principal e intereses. El cliente está obligado a devolver sólo lo que ha dispuesto del crédito, por lo que el restante, que suele ser una cantidad importante, debe ser devuelto por la entidad financiera al cliente. Además, la deuda existente en ese momento, desaparecerá.


¿Cómo me puede ayudar Sotillo Abogados?

En primer lugar, disponer del contrato o de algún recibo nos servirá de ayuda para identificar si los intereses de su tarjeta de crédito son abusivos o no. Una vez identificado esto, nuestro principal consejo es recurrir a un despacho especialista en derecho bancario, como es SOTILLO ABOGADOS, a los efectos de recibir un correcto asesoramiento profesional.

Si usted tiene contratado alguna tarjeta de crédito o préstamo con más del 20% de interés, declarado por el Tribunal Supremo como INTERÉS USURARIO, no lo piense, póngase en contacto con el departamento jurídico de SOTILLO ABOGADOS, estaremos encantados de asesorarle y resolver cualquier consulta que tenga.

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